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  COMITE DE ETICA DEL AREA SANITARIA VIII:
 
Dr. Pablo I. Fdez. Muñiz, Pte. hasta Abril de 2010 Nota de prensa/presentación  
  Ver la carta Ver Borrador del Código ético
  Ver folleto explicativo del Comité de Etica  
   
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  NOTICIAS DESTACADAS :
  Año 2011
  VER BOPA Resolución de 4 de abril de 2011, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, de convocatoria de concesión de subvenciones a asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro entre cuyos objetivos se incluya la atención a pacientes o familiares de pacientes con enfermedades crónicas en el ámbito territorial del Principado de Asturias en el ejercicio 2011.
  VER BOPA Resolución de 11 de marzo de 2011, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se hace pública la relación de las cuantías exigibles por tasas y precios públicos en el ejercicio 2011.
  VER BOPA Resolución de 28 de marzo de 2011, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a asociaciones de consumidores y usuarios para el desarrollo de programas que tengan como finalidad garantizar la información, asesoramiento y defensa de los intereses de los consumidores y usuarios para el año 2011.
  Año 2010
  VER BOPA Resolución de 25 de agosto de 2010, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se conceden subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el apoyo o rehabilitación de personas con enfermedades crónicas del Principado de Asturias,
  VER BOPA Resolución de 14 de julio de 2010, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a Asociaciones de Consumidores y Usuarios para el desarrollo de programas que tengan como finalidad garantizar la información, asesoramiento y defensa de los intereses de los consumidores y usuarios para el año 2010.
  VER BOPA Los datos de la lista de espera del Hospital "Valle del Nalón" en el primer semestre de 2010.
  VER BOPA Resolución de 15 de junio de 2010, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas específicos destinados a reducir el impacto sanitario y social de la infección por VIH-SIDA entre el colectivo gay, lésbico, bisexual y transexual, en el ámbito territorial del Principado de Asturias
  VER BOPA Resolución de 2 de junio de 2010, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones de consumidores y usuarios para el desarrollo de programas que tengan como finalidad garantizar la información, asesoramiento y defensa de los intereses de los consumidores y usuarios en el Principado de Asturias.
  VER BOPAResolución de 8 de marzo de 2010, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se convocan subvenciones a asociaciones de consumidores y usuarios.
  VER BOPA El Parlamento aprueba la Ley de muerte digna en Andalucía (Blog de A.P. 17.03.10)
  Año 2009
  VER BOPA Resolución de 6 de octubre de 2009, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se conceden subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el apoyo o rehabilitación de personas con enfermedades crónicas del Principado de Asturias.(BOPA de 27.10.09)
  VER BOPA Resolución de 2 de octubre de 2009, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se conceden subvenciones a Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Principado de Asturias para el ejercicio 2009. (BOPA de 8 de Octubre de 2009).
  VER BOPA Resolución de 12 de agosto de 2009, de la Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se convoca la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones en el área de atención a personas con discapacidad, durante el año 2009. (BOE de 11.09.09)
  VER BOPA Resolución de 1 de agosto de 2009, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se convocan subvenciones a Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Principado de Asturias para el 2009. (BOPA de 3 de Agosto de 2009).
  VER BOPA Resolución de 16 de julio de 2009, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones de consumidores y usuarios del Principado de Asturias para el 2009. (BOPA del 31 de Julio de 2009)
  VER SOLICITUD19 de Mayo de 2009.- Petición de CC.OO. para reunión urgente de la C. de Participación Hospitalaria por las reiteradas y persistentes saturaciones en Urgencias ...
  VER REPORTAJE La Salud si tiene precio. Reportaje del 10.03.09 en La Voz de Asturias
  Año 2008
  VER RESUMEN Resumen de lo más importante de la reunión del Consejo de Salud del 11.12.08
  VER CONVOCATORIA Convocatoria del Consejo de Salud del área VIII para el 11.12.08
  VER BOPA Resolución de 18 de septiembre de 2008, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, de concesión de subvenciones a asociaciones de consumidores y usuarios del Principado de Asturias para el 2008. (BOPA del 29 de Septiembre de 2008)
  VER NOTICIA 21 de Septiembre de 2008.- Primeras Jornadas de "Cine y Bioética" organizadas por el comité de Ética del área sanitaria VIII.
  VER NOTICIA 16 de Septiembre de 2008.- Iniciada la campaña de vacunación contra el cancer de cuello de utero ...
  VER NOTICIA 16 de Septiembre de 2008.- Resolución de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se convocan subvenciones a asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro entre cuyos objetivos se incluya la atención a pacientes o familiares de pacientes con enfermedades crónicas en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
  VER NOTICIA 27 de Agosto de 2008.- Publicado el Informe Final de la Encuesta de opinión efectuada por nuestra empresa entre sus trabajadores.
  VER MANIFIESTO 19 de Julio de 2008.- Texto de la "Declaración de Santander" a favor de la despenalización de la eutanasia patrocinada por el Dr. Montes.
  VER LA PUBLICACION DEL M.S.C. 9 de Julio de 2008.- Barómetro Sanitario, 2007 ... por Comunidades Autónomas.
  VER NOTICIA 10 de junio de 2008.- Nuestro Hospital obtiene la Acreditación Joint Commission Internacional ...
  VER NOTICIA 4 de junio de 2008.- Importante reunión de UGT y CC.OO. con la Gerencia de A. Primaria sobre las Guardias en nuestro área ...
  VER NOTICIA 3 de junio de 2008.- Nuevo reconocimiento de calidad a nuestro hospital ...
  VER NOTICIA 14 de mayo de 2008.- Los asturianos esperan 59 días para operarse, cinco días menos ...
  VER NOTICIA 6 de mayo de 2008.- El Testamento vital entra en vigor mañana en Asturias ...
  VER NOTICIA 5 y 7 de febrero de 2008.- Suspendidas 240 resonancias por una averia aún no solucionada
  VER ESCRITO 23 de enero de 2008.- El Consejo de Gobierno aprueba el decreto que regula el Registro de Instrucciones Previas en el ámbito sanitario ...
  VER RESUMEN 23 de enero de 2008.- Evitado el conflicto de Urgencias. Resumen de prensa ...
  VER RESUMEN 18 de enero de 2008.- Resumen de prensa del "evitable" conflicto de Urgencias ...
  VER ESCRITO 17 de enero de 2008.- ¿Quieren un nuevo conflicto en Urgencias? ... petición de reunión URGENTE de la Comisión de Participación Ciudadana efectuada por CC.OO.-UGT-SIMPA
  Año 2007
  VER NOTICIA 21 de Agosto de 2007.- Reunión del Consejero de Sanidad y del representante de la UCE-Asturias.
   
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Decreto 171/2011, de 19 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Sanidad. BOPA Nº 193 de 20 de agosto de 2011

(para ver el texto íntegro haz "clic" aqui)

Artículo 9.- Área de Promoción de la Salud y Participación.
Al Área de Promoción de la Salud y Participación le corresponde:
a) La puesta en marcha de iniciativas que generen y promuevan opinión pública en defensa de la salud.
b) El desarrollo, implantación y fomento de actuaciones dirigidas a la promoción de la salud que se desarrollen por medio de alianzas entre diferentes estamentos ciudadanos y profesionales, las corporaciones locales y el resto de las administraciones públicas.
c) El desarrollo, implantación y fomento de actuaciones que fortalezcan la capacidad de las personas y los colec­tivos para el abordaje de sus necesidades en salud, en coordinación con el conjunto de los servicios presentes en el territorio.
d) El desarrollo, implantación y fomento de actuaciones dirigidas a un mayor conocimiento de la utilidad y los límites del sistema sanitario para la mejora de la salud individual y colectiva.
e) La promoción de desarrollos normativos que favorezcan la elección de patrones de conducta más saludables y la protección frente a riesgos relevantes para la salud pública.
f) Evaluar el grado de satisfacción y la opinión de los ciudadanos con respecto a los servicios sanitarios y promover actuaciones dirigidas a su mejora en coordinación con otros órganos de la Consejería de Sanidad y con el Servicio de Salud del Principado de Asturias.
g) El estudio, análisis y elaboración de propuestas para la mejora de los cauces legales y de los mecanismos de or­ganización que incentiven, articulen y hagan efectiva la participación ciudadana.
h) La coordinación de sus actuaciones con el resto de Servicios y Unidades de la Dirección General de Salud Pública en el diseño, implantación, evaluación o mejora según sea el caso de los proyectos o programas en vigor.
i) Promover la inclusión de la promoción de la salud en las políticas y programas de la Consejería de Sanidad y del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
j) Promover la inclusión de la promoción de la salud en las políticas y programas llevados a cabo por la Administración del Principado de Asturias y las Administraciones Municipales en los ámbitos educativo, laboral y comunitario.

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  (pincha y verás el texto íntegro de la BOPA nº 20 de 26 de Enero de 2006 dónde salen publicados los Decretos que crean los Consejos de Salud de área y de zona)
   

 

Artículo 4.— Composición del Consejo de Salud del área

1. El Consejo de Salud del área estará constituido por veinte miembros y tendrá la siguiente composición:

a) El cincuenta por ciento en representación de la población del área de salud, atendiendo a la siguiente distribución:

— Seis miembros designados a propuesta de las corporaciones locales del área a través de la Federación Asturiana de Concejos.

D. Tomás Cueria González, Ayto. de Caso

D. Marcelino Martinez Menéndez, Ayto. de Sobrescobio

D. Adrián Barbón Rodriguez, Ayto. de Laviana

D. Enrique Fernández Rodríguez, Ayto. de S.M.R.A.

Dª Maria Esther Díaz García, Ayto de Langreo

D. Marcelino Martinez Menéndez, Mancomunidad del Valle del Nalón

— Cuatro miembros designados a propuesta de las asociaciones ciudadanas de usuarios, que tengan implantación territorial en el área de salud, con la siguiente distribución: Un miembro por las asociaciones de personas mayores del área, un miembro por las asociaciones de vecinos del área, uno por las asociaciones de mujeres y finalmente, otro por las asociaciones juveniles establecidas en el área de salud.

D. Arturo Cienfuegos Gonzalez, Asociación de personas mayores

D. Manuel Neira Martinez, Fed. Asociaciones de Vecinos

Dª Maricusa Argüelles Pérez, Asociación de Mujeres

D. Marcelino Sánchez Alvarez, Asociaciones juveniles

b) El cincuenta por ciento en representación del Servicio de Salud, atendiendo a la siguiente distribución:

— Seis miembros designados por la administración sanitaria de entre el personal directivo del área de salud, uno de los cuales será el titular de la Gerencia del área.

D. Isaías Losa Carcedo, Gerente de A. Primaria

D. Antonio Fernández Fernández, Director Médico de A. Primaria

Dª M.ª Aurora Álvarez Díaz, Directora de Enfermería A. Primaria

D. Joaquín García Ornia, Director de Gestión A. Primaria

D. Antonio Roibás Valdés, Gerente de A. Especializada

Dª Montserrat Farrás Quirós, Directora Médico de A. Especializada

— Cuatro miembros en representación de los trabajadores del Servicio de Salud a través de las organizaciones sindicales y según los criterios de proporcionalidad y representación establecidos en la Ley Orgánica de Libertad Sindical.

D. Lorenzo Moro Alvarez, Central sindical CEMSATSE

D. Jose Manuel Zapico García, Central sindical CC.OO.

D. Neri Iglesias Fernandez, Central sindical U.G.T.

Dª Ana Terán Llerandi, Central sindical SAE

2. En caso de ausencia justificada de un miembro del Consejo de Salud del área, la entidad representada designará un sustituto.

3. El Consejo de Salud del área contará con los cargos de presidencia, vicepresidencia y secretaría, cuyas funciones serán las establecidas con carácter general en los artículos 23 y 25 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Presidencia: D. Isaías Losa Carcedo, Gerente de A. Primaria

Vicepresidencia: Antonio Roibás Valdés, Gerente de A. Especializada

Secretaria: D. Arturo Cienfuegos González, Asociación de personas mayores

4. En determinados casos el Consejo de Salud del área podrá invitar a sus reuniones a aquellas personas que, por el grado de sus conocimientos o su demostrada cualificación técnica, puedan informar y asesorar sobre temas específicos incluidos en el orden del día. Dichas personas acudirán en calidad de asesores con voz pero sin voto.

 
VER Acta nº 1 Ver Acta nº 2 Ver Acta nº 3 Ver Acta num. 4 Ver Acta num. 5 Ver Acta num. 6
Ver Acta num. 7 Ver Acta num. 8 Ver borrador del Acta num. 9      
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Artículo 4.— Composición del Consejo de Salud de zona

1. La composición del Consejo de Salud de zona se ajustará a las peculiaridades sociales y asociativas de ésta, garantizando, en todo caso, la aplicación de criterios de pluralidad y máxima representatividad social.

2. A los efectos del apartado anterior, la distribución de los miembros del Consejo se llevará a cabo según la siguiente composición:

a) El coordinador o coordinadora médico del equipo de atención primaria o, en su defecto, un facultativo médico del equipo designado por la gerencia de atención primaria.

b) Cuatro miembros del equipo de atención primaria, nominados por la gerencia de atención primaria, y entre los que estará un diplomado o diplomada de trabajo social si lo hubiera.

c) Un farmacéutico o farmacéutica que ejerza en la zona de salud designado por los farmacéuticos de la zona básica de salud.

d) Un representante de cada uno de los Ayuntamientos que constituyan la zona de salud. En los casos en que la zona esté constituida por un solo Ayuntamiento se designarán dos representantes del mismo.

e) Un representante de cada una de las siguientes asociaciones o entidades, elegido por y entre ellas mismas, cuyo ámbito de influencia se extienda a la zona básica de salud y presente un proyecto de actuación comunitaria en salud: Asociaciones de enfermos, asociaciones de vecinos, asociaciones de mujeres, asociaciones de personas mayores, asociaciones juveniles, consejos escolares de centros de enseñanza y centrales sindicales.

3. El mandato de los miembros del Consejo de Salud de zona tendrá una duración de 4 años, renovable por períodos de igual duración.

4. El cambio de la configuración del Consejo de Salud establecido en el apartado segundo, así como la ampliación del número de miembros que lo componen, podrá hacerse mediante una propuesta razonada y aprobada por el Consejo de Salud del área, siempre que se acredite que el cambio tiene como objeto garantizar los criterios de pluralidad y máxima representatividad social.

5. En caso de ausencia justificada de un miembro del Consejo de Salud, la entidad o asociación representada designará un sustituto.

6. En determinados casos el Consejo de Salud podrá invitar a sus reuniones a aquellas personas que, por el grado de sus conocimientos o su demostrada cualificación técnica, puedan informar y asesorar sobre temas específicos incluidos en el orden del día. Dichas personas acudirán en calidad de asesores con voz pero sin voto.

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